Inmunidad Soberana - Resumen y ejemplo de redacción
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La entidad adjudicadora de un proyecto de infraestructura es por lo general una autoridad gubernamental y, por ende, puede gozar de inmunidad soberana.Esto debe verificarse consultando a abogados locales.En algunos casos en que se sancionan leyes de concesiones, allí se renuncia específicamente a la inmunidad soberana del Estado en materia de proyectos de infraestructura; no obstante, esto dista de ser universal.A un operador privado le preocupa asegurarse de que se renuncie a la inmunidad soberana. Por lo general, los Estados gozan de dos formas de inmunidad: dejurisdicción y de ejecución[1]. La inmunidad de jurisdicción de un Estado surge de la idea de que sería inadecuado que los tribunales de un Estado sostengan que otro Estado está bajo su jurisdicción. Por ende, las entidades estatales son inmunes ante la jurisdicción de los tribunales de otro Estado. En general, las entidades estatales tienen la posibilidad de renunciar a esa inmunidad. En numerosos sistemas jurídicos, el recurso al arbitraje basta para demostrar la renuncia por parte del Estado a la inmunidad de jurisdicción. No obstante, ciertos países en desarrollo pueden dudar entre someterse o no al arbitraje internacional, por considerar que el arbitraje se rige por principios occidentales y no le garantiza a un país en desarrollo una audiencia imparcial. Esos mismos países en desarrollo se sienten más seguros al someterse a arbitraje conforme a las normas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, que suelen considerarse más neutras desde el punto de vista cultural que las de la Cámara de Comercio Internacionalu otros tribunales de Occidente[2]. Los Estados también tienen inmunidad de ejecución, ya que se considera inaceptable que los tribunales de un Estado confisquen la propiedad de otro Estado. También es posible renunciar, en general, a esa inmunidad. La renuncia a la inmunidad de ejecución puede resultar difícil de manejar para un Gobierno. Como premisa general en la mayoría de los sistemas jurídicos, ciertos bienes que pertenecen al Estado no deberían poder ser objeto del cumplimiento de la ejecución de un fallo arbitral; por ejemplo, las embajadas extranjeras del país o los bienes consulares. Por lo tanto, podría ser necesario instaurar algún método para que la parte privada pueda embargar ciertos activos del Estado, posiblemente mediante una cuidadosa definición de los bienes embargables. En la medida en que la [entidad adjudicadora] pueda tener derecho en cualquier Estado o jurisdicción a reclamar o a gozar de inmunidad (ya se trate de inmunidad estatal, inmunidad soberana, acto de Estado, etc.) en el presente o en el futuro respecto de sí o de cualquiera de sus bienes o activos (que posea ahora o pueda adquirir en el futuro) con respecto a sus obligaciones en virtud de este Contrato ante las notificaciones judiciales o demás documentos relativos a procedimientos, jurisdicción, juicio, sentencia, ejecución, embargo (antes del laudo o sentencia, embargo ejecutivo, etc.) o proceso legal o en la medida en que en cualquier jurisdicción pueda haberse atribuido tal inmunidad a la [entidad adjudicadora] o a cualquiera de sus bienes o activos (se hubiere reclamado o no), la [entidad adjudicadora] acuerda en forma expresa, incondicional e irrevocable no reclamarla, invocarla ni permitir que se invoque en nombre suyo o de sus bienes o activos, ni para su propio beneficio o el de sus bienes o activos, y renuncia en este acto en forma expresa, incondicional e irrevocable a dicha inmunidad hasta el máximo grado permitido por las leyes de esa jurisdicción. Con sujeción a los derechos de apelación que correspondan, la [entidad adjudicadora] consiente en general, respecto de cualquier procedimiento, en el otorgamiento de toda medida resarcitoria o en la expedición de todo acto procesal en relación con los procedimientos, incluyendo, a título enunciativo, el dictado, la aplicación o la ejecución contra cualquier bien o activo (con independencia de su utilización real o prevista) de una orden o sentencia que pueda dictarse o emitirse en los procedimientos; y La [entidad adjudicadora] reconoce en forma irrevocable e incondicional que la firma, entrega y cumplimiento de este Contrato constituyen actos privados y comerciales (y no públicos) de la [entidad adjudicadora].¿Qué es la inmunidad soberana?
Dos tipos de inmunidad
Ejemplo de redacción de renuncia a la inmunidad soberana
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