Honduras: Reglamento Ley Marco Sector Agua Potable y Saneamiento

Honduras: Reglamento Ley Marco Sector Agua Potable y Saneamiento

Secretaría de Salud - Acuerdo No. 006

Tegucigalpa, M.D.C., 3 de febrero de 2004

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 118-2003, de fecha 20 de agosto de 2003, con el propósito de regular en el territorio nacional los servicios de agua potable y saneamiento, fue emitida la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 8 de octubre de 2003, habiendo entrado en vigencia veinte (20) días después de su publicación;

CONSIDERANDO: Que la citada ley dentro del marco institucional, creó el Consejo Nacional de Agua Potable y Saneamiento, como organismo superior y el Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento, que tendrá como responsabilidad la regulación y control de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento en el territorio nacional;

CONSIDERANDO: Que el artículo 56 la Ley dispone que en un plazo no mayor de noventa (90) días contados desde la vigencia, deberá ser emitido el Reglamento General de Aplicación de la Ley, por conducto de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud;

Ref: Honduras_ley_sector_agua

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